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    Los viajes de Semana Santa marcados por las huelgas en aeropuertos españoles

    Personal de aeropuertos como el de Madrid, Valencia o Palma de Mallorca tienen convocadas huelgas para los días festivos de Semana Santa.

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    Las huelgas en relación al transporte aéreo cada vez son más habituales, y se están convirtiendo en una preocupación más cuando se ha organizado un viaje. Esta Semana Santa, las huelgas en aeropuertos vuelven a ser noticia y la preocupación se traslada, no solo a turistas nacionales, sino a turistas extranjeros que esperaban pasar unos días en playas españolas.

    Palma de Mallorca, uno de los aeropuertos más transitados por turistas británicos y alemanes –sobre todo–, ya está sufriendo las consecuencias de los paros del personal de seguridad.

    Por su parte, en Valencia está convocada una huelga de personal de Aena en los días festivos de Semana Santa –entre el Jueves Santo (28 de marzo) y el Lunes de Pascua (1 de abril)–, cuando mayor nivel de desplazamientos hay.

    El aeropuerto de la capital, Madrid-Barajas también se ha sumado a las huelgas durante la Semana Santa. En este caso, será durante el 27 y el 29 de marzo y será el personal de torre del servicio de dirección de plataforma.

    Ante estos paros, AirHelp, la empresa tecnológica que mejora la experiencia de los pasajeros durante la posible interrupción de un vuelo, informa sobre los derechos de los pasajeros en estos casos y el procedimiento para efectuar la reclamación.

    Cualquier retraso o cancelación que se pueda producir en un vuelo programado a consecuencia de estas huelgas, se considerará un motivo ajeno a la aerolínea, y los pasajeros afectados no tendrán derecho a solicitar una reclamación económica.

    Sin embargo, todos ellos, independientemente del motivo de la huelga, deben ser provistos de un vuelo alternativo que el pasajero puede rechazar en caso de que no desee continuar con su viaje. En este caso, se puede pedir la devolución del importe completo del billete.

    Además, si durante la espera se han generado gastos extras provocados por la interrupción del vuelo (comida, alojamiento o los derivados por equipaje extraviado), la CE261 recoge que la compañía se haga cargo de estos.

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