El sector turístico logra establecer una vía de colaboración con Interior para trabajar en el nuevo parte de registro de viajeros
4-octubre-2024
Las patronales insisten en que la nueva norma debe reforzar la confianza de los viajeros y ciudadanos, potenciar la imagen de España como destino seguro y asegurar la protección de datos de los visitantes.
El Ministerio del Interior se compromete a elaborar una Orden Ministerial que facilite la implementación del RD 933/2021.
El Ministerio del Interior ha mantenido esta mañana una reunión con la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), representada por la directora del Departamento de Turismo, Cultura y Deporte de CEOE, Inmaculada Benito, y las organizaciones representativas de cada uno de los sujetos obligados por el Real Decreto 933/2021, como son la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT), la Asociación Española de la Economía Digital (Adigital), la Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV), la Federación Nacional Empresarial de Alquiler de Vehículos con y sin conductor (FENEVAL), la Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas (FETAVE) y la Federación Española de Asociaciones de Viviendas y Apartamentos Turísticos (FEVITUR).
Tras un intenso debate, las patronales turísticas han conseguido establecer una futura vía de colaboración con el Ministerio del Interior para abordar el nuevo parte de registro de viajeros y trabajar en su adecuación a la operativa de los diferentes sectores, estableciendo como máxima la protección de los datos de los viajeros.
Durante el encuentro se han abordado asuntos clave relacionados con la aplicación de la normativa, alcanzándose los siguientes acuerdos y compromisos:
1-. Finalización del periodo de adaptación de la plataforma Ses Hospedajes: se confirma que no se concederán más prórrogas para la adaptación a la plataforma, por lo que la aplicación del Real Decreto 933/2021 será definitiva a partir del 2 de diciembre de 2024.
2-. Cumplimiento del artículo 5.2 del Real Decreto: desde la fecha de entrada en vigor, se establece que, conforme al artículo 5.2 de la normativa, no se solicitará a los sujetos obligados la recopilación de datos adicionales más allá de los que ya se recaban en los procedimientos habituales de sus actividades.
3-. Desarrollo por parte del Ministerio del Interior de una Orden Ministerial: se subraya la importancia del desarrollo de esta Orden Ministerial para facilitar la implementación del RD 933/2021, asegurando la seguridad jurídica en todo el proceso.
La reunión ha concluido con un compromiso unánime de mantener una colaboración estrecha entre los sectores implicados y las autoridades competentes, con el firme propósito de mantener a España como un destino seguro, protegiendo tanto los intereses del sector turístico como la confianza de los visitantes y ciudadanos.
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