Organismos e instituciones
Cataluña pone en marcha una nueva legislación para controlar la oferta ilegal de las viviendas de uso turístico
21-febrero-2014
Fruto de una modificación reciente de la Ley de Turismo de Cataluña, a partir de ahora, todas las empresas y establecimientos turísticos deben hacer constar el número de inscripción en el Registro de Turismo de Cataluña (RTC) en todo tipo de publicidad que los anuncie. Esta medida obliga a los titulares de soportes publicitarios y de comercializadoras on line a exigir la identificación del código RTC de toda la oferta de alojamientos turísticos que presentan.
Se trata de una iniciativa pionera que supone un paso más en la administración turística de la Generalitat de Catalunya para combatir el ejercicio ilegal y el elevado índice de economía sumergida en el que tradicionalmente se ha venido moviendo el mercado de alquiler turística de viviendas.
Cabe recordar que, frecuentemente, en la publicidad de apartamentos y viviendas de uso turístico no aparecen datos básicos como puede ser la dirección del establecimiento. En estos casos se hace muy difícil la identificación y el control del establecimiento por parte de la administración. A partir de ahora, los apartamentos y viviendas de uso turístico que se publiciten sin hacer constar el número de registro correspondiente tendrán la presunción de ilegales. En todo caso, será el establecimiento que no se ha identificado correctamente el que tendrá que demostrar su situación de legalidad.
La inscripción de las viviendas de uso turístico en el RTC se realiza de oficio por la administración turística de la Generalitat de Catalunya. Esta inscripción se efectúa a partir de la comunicación de inicio de actividad que hacen los propietarios ante el ayuntamiento competente por razón de la ubicación de la vivienda. Asimismo, el ayuntamiento trasladará a la administración turística de la Generalitat de Catalunya esta comunicación, para su correspondiente inscripción en el RTC.
Una vez inscrito en el registro, la vivienda de uso turístico recibirá un número de inscripción (código RTC). Este número de inscripción se notificará a la persona propietaria de la vivienda. Juntamente con el escrito de notificación del código RTC, la Dirección General de Turismo (DGT) ofrecerá al propietario o al gestor de la vivienda ampliar la información que consta en el registro, con descripción de las instalaciones y servicios disponibles. El objetivo de este trámite de ampliación de información, que es totalmente voluntario, es mejorar los contenidos y la publicidad del alojamiento en la guía oficial de establecimientos turísticos de la Generalitat de Catalunya.
Proceso de regularización
Después de poco más de un año del inicio de este proyecto de regularización, a día de hoy se han regularizado más casi 26.700 viviendas de uso turístico y 205 apartamentos turísticos, hecho que supone una regularización global de 153.055 plazas. La cifra actual supone la regularización del 30% de las 500.000 plazas que se calcula que hay como oferta potencial de este tipo de viviendas turísticas en Cataluña.
En el marco de la campaña de inspección llevada a cabo en 2013, la Dirección General de Turismo de Cataluña ha rastreado alrededor de 2.000 páginas web y portales que comercializan on line apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico. Gracias a este trabajo, la DGT traslada requerimientos formales a 253 empresas turísticas de dominios web (catalanas, españolas, europeas y del resto del mundo), a las que se les solicita información detallada de las propiedades que se comercializan en Cataluña como viviendas de uso turístico.
Buena parte de estos requerimientos han sido debidamente atendidos. Aun así, los 75 requerimientos no atendidos hasta la fecha han supuesto, de momento, la apertura de 55 expedientes sancionadores, mayoritariamente por obstrucción de la actividad inspectora y por infracción del Código de Consumo de Cataluña.